¿Qué es la felicidad en los textos constitucionales?

La Felicidad en los Textos Constitucionales

15/09/2024

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En un mundo asolado por crisis económicas, conflictos y desafíos constantes, la reflexión sobre el verdadero propósito de la gobernanza se vuelve imperativa. Durante mucho tiempo, la salud económica de una nación se midió exclusivamente por indicadores como el ingreso o el gasto. Sin embargo, en las últimas décadas, una nueva métrica ha emergido con fuerza en el discurso político y la formulación de políticas públicas: la felicidad y el bienestar de los ciudadanos. Esta tendencia, lejos de ser una moda pasajera, ha llegado para quedarse, planteando interrogantes fascinantes sobre cómo los ordenamientos jurídicos y, en particular, las constituciones, han abrazado o deben abrazar este concepto.

¿Qué es la felicidad en los textos constitucionales?
LA FELICIDAD EN LOS TEXTOS CONSTITUCIONALES La preocupación de los ordenamientos jurídicos por la felicidad se evidencia con la aparición del constitucionalismo, que se extiende tras el triunfo de la revoluciones estadounidense y francesa.

A pesar de su naturaleza indeterminada, intangible, subjetiva y versátil, la felicidad ha experimentado una notable revalorización. No es solo un asunto del ámbito privado, sino que se ha convertido en un principio rector y un referente de interés en el diseño de las políticas públicas. Es evidente que la felicidad individual está intrínsecamente ligada al sistema político en el que se vive. La conexión entre felicidad, democracia y libertad personal se hace patente: solo un régimen democrático garantiza la libertad política, permitiendo a los ciudadanos ejercer su derecho al voto de manera libre y autónoma. Esto lleva a una conclusión clara: las personas que viven en democracias tienden a ser más felices, ya que sus líderes están más motivados a gobernar en consonancia con los intereses y aspiraciones de la ciudadanía. La búsqueda de la felicidad, por lo tanto, se consolida como una directriz esencial, un principio rector para las políticas públicas de un estado social moderno.

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Raíces Constitucionales de la Búsqueda de la Felicidad

La preocupación de los ordenamientos jurídicos por la felicidad no es una invención reciente; sus orígenes se remontan al nacimiento del constitucionalismo, impulsado por el triunfo de las revoluciones estadounidense y francesa. A lo largo de la historia constitucional, abundan las alusiones al bienestar y la felicidad como deberes inherentes de los estados en las cartas magnas de diversas naciones.

El siglo XVIII, con el florecimiento de la Ilustración, no solo aspiró a la conquista del conocimiento y el saber, sino también a la conquista de la felicidad. Un hito fundamental fue la Declaración de Independencia de los Estados Unidos del 4 de julio de 1776, que elevó la “Pursuit of Happiness” (búsqueda de la felicidad) a fundamento legitimador de toda ciencia y medida de gobierno. Thomas Jefferson y Benjamin Franklin, visionarios de su tiempo, consagraron la felicidad en el segundo párrafo de este trascendental documento. En él se afirmaba que todos los hombres habían sido creados por Dios, a su imagen y semejanza, como seres iguales y dotados de unos derechos inalienables, entre los que se encontraban la vida, la libertad y, precisamente, la búsqueda de la felicidad.

De manera similar, en el preámbulo de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, del 26 de agosto de 1789, se recogía textualmente la expresión “la felicidad de todos”, vinculada intrínsecamente a la declaración solemne de los derechos naturales, inalienables y sagrados de los hombres. Estas declaraciones fundacionales sentaron las bases para que la felicidad no solo figurara en grandes proclamas de derechos, sino que también encontrara su reflejo en los textos constitucionales que se fueron promulgando a lo largo del tiempo.

La Felicidad en las Constituciones del Siglo XVIII y XIX: Un Recorrido Histórico

La inclusión de la felicidad o el bienestar como objetivo gubernamental no se limitó a las grandes declaraciones, sino que se plasmó en diversas constituciones nacionales:

  • En la Constitución de Massachusetts de 1780, en su artículo tercero, la felicidad aparece en dependencia de la piedad, la religión y la moralidad, sugiriendo una conexión con virtudes cívicas.
  • La Constitución francesa de 1791, al adoptar como preámbulo la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano, vuelve a recoger el concepto de felicidad. Más explícitamente, la Constitución francesa del 21 de junio de 1793 establece que el fin de la sociedad es la felicidad común.
  • En América Latina, la primera Constitución de Colombia de 1811 ya hacía mención a la “felicidad pública” en su preámbulo. De igual forma, la Constitución Política de la República Peruana de 1823, en su preámbulo, recogía la expresión “promover la felicidad”.

El caso de España es particularmente ilustrativo. A comienzos del siglo XIX, la felicidad ya estaba plasmada en la Constitución de Bayona del 7 de julio de 1808, jurada por José I. Inspirada en el modelo de Estado constitucional bonapartista, su artículo seis, en relación con la fórmula de juramento del rey, establecía: “gobernar, solamente con la mirada del interés, de la felicidad y de la gloria de la nación española”.

Sin embargo, fue la Constitución de Cádiz de 1812, conocida como 'La Pepa', donde encontramos una referencia más explícita y completa a la felicidad, elevada, además, a un objetivo central de la política del gobierno. El artículo 13 de esta Carta Magna establecía que “el objeto del gobierno es la felicidad de la nación, puesto que el fin de toda sociedad política no es otro que el bienestar de los individuos que la componen”. Con ello, la felicidad se identificaba directamente con el bienestar, o dicho de otra manera, con el bien común, sentando un precedente fundamental para el constitucionalismo español y su visión del propósito estatal.

Del Estado Liberal al Estado Social: Un Nuevo Enfoque para la Felicidad

El Estado de Derecho, que surgió con los primeros textos constitucionales y marcó el fin del Antiguo Régimen, se caracterizó inicialmente por ser un Estado liberal, definido por el abstencionismo estatal respecto de la actividad económica. Este modelo evolucionó hacia un Estado liberal democrático, basado en el sufragio universal, que permitió el acceso al parlamento de sectores sociales hasta entonces excluidos de la actividad política, agrupados en torno a partidos políticos socialdemócratas. Como resultado, comenzaron a elaborarse legislaciones de carácter social, incorporando reivindicaciones colectivas y obreras, sentando las bases para el surgimiento del Estado Social y Democrático de Derecho.

La crisis económica mundial de 1929 evidenció la incapacidad estructural del Estado liberal para solucionar los problemas económicos y sociales. Con el fin de la Segunda Guerra Mundial, este nuevo modelo de Estado, el Estado social, se desarrolló plenamente, incorporando a los textos constitucionales derechos sociales y económicos. Su objetivo principal era propiciar a los ciudadanos ámbitos de bienestar y seguridad. Se abandonó así el sistema económico capitalista puro para adoptar una economía social de mercado, donde el propio Estado asume una actitud más o menos intervencionista en relación con la actividad económica, subordinándola al interés general de la nación, con la finalidad principal de atender a las necesidades de los ciudadanos y conseguir una mejor distribución de la riqueza. En países como España y otros de nuestro entorno europeo, se adoptó lo que se ha denominado una economía mixta de mercado.

Es dentro de este contexto de un Estado social y democrático de derecho donde se encuentra el ámbito adecuado para el desarrollo de la felicidad, la cual debe ser propiciada por los poderes públicos. En España, según el artículo 1.1 de la vigente Constitución de 1978, se constituye en un estado social y democrático de derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Aunque nuestra carta magna no contenga un precepto similar al artículo 13 de la Constitución gaditana de 1812 que diga expresamente que el objeto del gobierno es la felicidad de la nación, sí encontramos con claridad preceptos que establecen el bienestar de los ciudadanos como objetivo de los poderes públicos, lo que es una manifestación implícita de la misma aspiración.

Más Allá del PIB: Midiendo la Felicidad Nacional Bruta (FNB)

La felicidad ha comenzado a preocupar como un factor determinante en el grado de progreso de los pueblos, trascendiendo las mediciones puramente económicas. El concepto de Gross National Happiness (Felicidad Nacional Bruta) se empieza a tener en cuenta en la puesta en práctica de políticas públicas. Se trata de medir la calidad de vida de los ciudadanos, el bienestar integral del pueblo, e indagar qué es lo que en realidad hace al ciudadano sentirse feliz, una cuestión que no guarda relación directa con la mera posesión de bienes materiales o el consumo.

Cuando Jigme Singye Wangchuck fue coronado rey de la nación de Bután en 1972, declaró que se inclinaba más por la felicidad nacional bruta que por el producto interior bruto. Nacía así un concepto nuevo que respondía a las críticas constantes acerca de la pobreza económica de su país. Su objetivo fue demostrar que el crecimiento económico no conducía necesariamente a la felicidad. El Gross National Happiness (FNB) busca medir el bienestar en relación con aspectos tales como la satisfacción personal, las relaciones humanas y la propia realización individual. El profesor de economía de la Universidad del Sur de California, Richard Easterlin, ha señalado que se está imponiendo la idea de que las políticas públicas deben estar más estrechamente relacionadas con el bienestar real de la población. De hecho, el crecimiento económico de un país no siempre se traduce en un aumento proporcional del bienestar de sus ciudadanos, especialmente a partir de un cierto nivel de desarrollo económico. El crecimiento del PIB, en definitiva, no siempre se traduce en una mayor felicidad para los ciudadanos.

Por ello, la Felicidad Interior Bruta (FIB) se concibe esencialmente como el resultado de adecuadas políticas públicas, del buen funcionamiento del sistema democrático y, necesariamente, de la ausencia de corrupción en los gobiernos. Para el desarrollo del concepto de FIB, se deben tener presentes variables fundamentales como un desarrollo socioeconómico sostenible, una expectativa de distribución equitativa de la riqueza, una educación y una asistencia sanitaria de calidad, una constante promoción de la cultura y una adecuada conservación del medio ambiente.

La Felicidad como Aspiración Universal: El Papel de las Naciones Unidas

El reconocimiento expreso y mundial de la felicidad ha alcanzado su cenit con la implicación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La Asamblea General de las Naciones Unidas, el 19 de julio de 2011, aprobó una resolución (A/RES/65/309) –promovida por Bután– en la que reconoce que la búsqueda de la felicidad es un objetivo humano fundamental e invita a los estados miembros a promover políticas públicas que tengan presente la importancia de la felicidad y el bienestar general de la ciudadanía.

La resolución, titulada “La felicidad: hacia un enfoque holístico del desarrollo”, reconoce que la felicidad es un objetivo y una aspiración universal que debe potenciarse porque es la manifestación del espíritu de los objetivos de desarrollo del milenio. Es decir, la resolución indica que la comunidad internacional debe reconocer la necesidad de aplicar al crecimiento económico un enfoque más inclusivo, equitativo y equilibrado, que promueva el desarrollo sostenible, la erradicación de la pobreza, la felicidad y el bienestar de todos los pueblos. Esto subraya que el deber de los servidores públicos es conseguir que sus ciudadanos sean lo más felices posible, impulsando acciones de gobierno centradas en el bienestar real.

En este contexto, surgen iniciativas como las “Ciudades de Felicidad”, un modelo que apuesta por crear entornos urbanos que fomenten la felicidad, el bienestar y la satisfacción de sus habitantes. Dado que más de la mitad de la población mundial vive actualmente en zonas urbanas, y se espera un crecimiento exponencial en las próximas décadas, la búsqueda de la felicidad colectiva en nuestras ciudades se vuelve crucial. Estas iniciativas trabajan en asociación con instituciones, organizaciones y líderes comunitarios, desarrollando proyectos en ámbitos como la educación, la salud, la empresa y el liderazgo público y privado, con el objetivo de crear entornos que favorezcan el bienestar de las personas, las instituciones, las organizaciones y la sociedad en general. Se basan en la idea de que para que la humanidad prospere, la felicidad debe ser un pilar fundamental en el diseño y la gestión de nuestras comunidades urbanas.

Preguntas Frecuentes sobre la Felicidad Constitucional

PreguntaRespuesta
¿Es la felicidad un derecho fundamental en todas las constituciones?No en todas las constituciones se menciona explícitamente como un derecho fundamental. Sin embargo, muchas la recogen como un objetivo del gobierno o la vinculan a otros derechos como la vida, la libertad y el bienestar, especialmente tras el surgimiento del Estado social.
¿Cómo se mide la felicidad a nivel nacional?Tradicionalmente, se usaba el Producto Interno Bruto (PIB). Sin embargo, Bután introdujo el concepto de Felicidad Nacional Bruta (FNB) que busca medir el bienestar holístico, incluyendo aspectos como la satisfacción personal, relaciones, cultura y medio ambiente, más allá de la riqueza material.
¿Por qué la felicidad se ha vuelto un objetivo de las políticas públicas?La experiencia ha demostrado que el crecimiento económico por sí solo no garantiza el bienestar ciudadano. La felicidad se reconoce como un factor crucial para el progreso y la estabilidad social, impulsando a los gobiernos a adoptar enfoques más inclusivos y centrados en el ser humano.
¿Cuál es la diferencia entre el Estado Liberal y el Estado Social respecto a la felicidad?El Estado Liberal se caracterizaba por el abstencionismo estatal y la primacía de la libertad individual, sin una preocupación explícita por la felicidad pública. El Estado Social, surgido tras las crisis del siglo XX, adopta un rol más intervencionista, incorporando derechos sociales y económicos y buscando activamente el bienestar y la seguridad de los ciudadanos, lo que propicia el desarrollo de la felicidad.
¿Qué papel juega la democracia en la búsqueda de la felicidad ciudadana?La democracia es fundamental porque garantiza la libertad política y el derecho al voto, permitiendo a los ciudadanos influir en las decisiones de sus gobiernos. Se considera que los políticos en democracias están más motivados a gobernar según los intereses de los ciudadanos, lo que conduce a mayores niveles de felicidad.

En conclusión, la felicidad, aunque un concepto elusivo, ha transitado desde una aspiración puramente individual hasta convertirse en un objetivo legítimo y cada vez más reconocido de las políticas públicas y un principio fundamental del buen gobierno en un estado democrático y social. Su inclusión en textos constitucionales, desde las declaraciones fundacionales hasta las constituciones modernas, refleja una evolución en la comprensión del propósito del Estado: no solo garantizar derechos y libertades, sino también activamente fomentar el bienestar y la satisfacción de sus ciudadanos, marcando un camino hacia una visión más humanocéntrica del progreso nacional.

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