19/02/2026
En la historia de Argentina, pocos eventos resuenan con la fuerza y la trascendencia del Juicio a las Juntas. Este proceso judicial, que se inició el 22 de abril de 1985, marcó un antes y un después no solo para el país sudamericano, sino para el mundo entero. Por primera vez, un tribunal civil se atrevía a juzgar a los máximos responsables de una dictadura militar por crímenes de lesa humanidad. Fue un acto de valentía democrática que sentó un precedente invaluable en la búsqueda de justicia y la construcción de la memoria, desafiando la impunidad y reafirmando el valor de los derechos humanos. Este artículo profundiza en los detalles de este juicio histórico, sus protagonistas, el contexto en que se desarrolló y el legado que dejó.

- El Camino hacia el Juicio: Un Compromiso Democrático
- El Desarrollo del Proceso Judicial: Voces y Evidencias
- Las Sentencias y su Impacto: Un Nunca Más Resonante
- Perfiles de los Acusados y sus Fallos
- Tabla Comparativa de los Acusados y sus Sentencias
- Preguntas Frecuentes (FAQ)
- ¿Quién acusó a la cúpula detrás de la dictadura cívico-militar en el Juicio a las Juntas?
- ¿Qué fue la CONADEP y cuál fue su rol en el juicio?
- ¿Cuáles fueron los principales delitos por los que se juzgó a los miembros de las Juntas?
- ¿Por qué el Juicio a las Juntas fue considerado un hito histórico a nivel mundial?
- ¿Qué significa la frase “Nunca Más” en el contexto del Juicio a las Juntas?
El Camino hacia el Juicio: Un Compromiso Democrático
La gestación del Juicio a las Juntas fue un proceso complejo y lleno de desafíos, impulsado por la voluntad política de un gobierno democrático recién asumido y la incansable demanda de justicia por parte de la sociedad civil. Tras la restauración de la democracia en diciembre de 1983, con la asunción del presidente Raúl Alfonsín, Argentina se encontraba en una encrucijada. La sociedad exigía respuestas y rendición de cuentas por los horrores vividos durante la dictadura cívico-militar que se extendió de 1976 a 1983.
Alfonsín, consciente de la magnitud de la tarea, adoptó una política de enjuiciamiento basada en dos criterios fundamentales: establecer distintos niveles de responsabilidad —diferenciando entre quienes impartieron las órdenes, quienes las ejecutaron y quienes se excedieron— y, de manera crucial, juzgar también a los integrantes de las organizaciones armadas. La intención inicial era concentrar la culpa en un grupo limitado de personas, lo que llevó a que las acusaciones recayeran exclusivamente sobre los miembros de las tres primeras Juntas Militares, dejando al margen a la cuarta Junta y al último presidente de facto.
El primer paso formal hacia la justicia se dio con el Decreto 158, emitido por el presidente Alfonsín el mismo día de su asunción. Este decreto ordenaba que los integrantes de las Juntas fueran juzgados inicialmente por el Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas (COSUFA). Sin embargo, la justicia militar desestimó su responsabilidad, lo que llevó a la Cámara Federal a avocarse al caso el 4 de octubre de 1984, asumiendo la jurisdicción civil que finalmente llevaría el proceso.
Paralelamente, y de vital importancia para el juicio, Alfonsín dispuso la creación de la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP). Este órgano descentralizado tuvo la monumental tarea de investigar la desaparición forzada de personas durante la dictadura. La CONADEP, presidida por el escritor Ernesto Sábato, reunió más de 8.000 denuncias y testimonios, culminando su labor con la publicación del histórico informe Nunca Más. Este documento se convertiría en la base probatoria esencial para la fiscalía, supliendo la falta de documentación oficial proveniente de las propias Fuerzas Armadas, a diferencia de los Tribunales de Núremberg, donde los aliados contaban con los archivos nazis.
El Desarrollo del Proceso Judicial: Voces y Evidencias
Con la Cámara Federal a cargo del caso, los nueve miembros de las Juntas Militares llegaron al banquillo de los acusados. Entre ellos se encontraban figuras clave de la dictadura: Jorge Videla, Emilio Massera, Orlando Agosti, Roberto Viola, Armando Lambruschini, Omar Graffigna, Arturo Lami Dozo, Leopoldo Galtieri y Jorge Anaya. Fueron acusados de delitos gravísimos como privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos, robo y homicidio. Es importante destacar que, en aquellos años, la desaparición forzada de personas aún no estaba tipificada como delito en el Código Penal argentino.
El juicio estuvo bajo la dirección de un prestigioso panel de magistrados de la Cámara Federal porteña: Jorge Torlasco, Ricardo Gil Lavedra, León Arslanián, Jorge Valerga Araoz, Guillermo Ledesma y Andrés D’Alessio. La acusación, por su parte, fue impulsada por los fiscales Julio César Strassera y su adjunto, Luis Moreno Ocampo, quienes enfrentarían la compleja tarea de probar la existencia de un plan sistemático de represión orquestado por las cúpulas militares.
El proceso se extendió por 17 semanas, desde abril hasta diciembre de 1985. La fiscalía se propuso demostrar la conexión directa entre los comandantes y los crímenes, una relación que el COSUFA había desestimado. Para ello, seleccionaron 709 “casos paradigmáticos” del accionar represivo del Estado. La documentación provino de diversas fuentes, incluyendo el informe Nunca Más de la CONADEP, expedientes judiciales y denuncias ante organismos internacionales.
Durante las más de 530 horas de audiencias, se convocó a 839 testigos, de los cuales 546 eran hombres y 287 mujeres. Entre ellos se contaron sobrevivientes de centros clandestinos de detención, familiares de desaparecidos, testigos presenciales de secuestros y compañeros de cautiverio. Muchos de ellos brindaron su testimonio directamente ante la Cámara, mientras que aquellos que se encontraban en el exterior lo hicieron mediante exhortos o canales diplomáticos. Los primeros en declarar fueron políticos y ex funcionarios del gobierno de Isabel Perón, seguidos por peritos y expertos. La fiscalía organizó gran parte de las declaraciones en torno a los centros clandestinos de detención, un enfoque que reforzaba el carácter sistemático del plan represivo.
Las defensas de los ex comandantes, en contraste, intentaron descalificar los testimonios atacando el pasado político de los declarantes. Su estrategia apuntaba a negar la condición de víctimas de quienes testificaban, argumentando que cualquier militancia política los volvía sospechosos o corresponsables de las acciones de las organizaciones político-militares. Este recurso buscaba socavar la credibilidad de los relatos y minimizar la responsabilidad de los imputados. Además, se centraron en sostener que el país había atravesado una “guerra” que justificaba otorgar amplias facultades a las Fuerzas Armadas, invocando decretos de 1975 que ordenaban “aniquilar la subversión”.
El Juicio a las Juntas no fue solo un evento jurídico; fue un fenómeno social. La movilización ciudadana acompañó el proceso desde sus inicios. El mismo 22 de abril de 1985, más de 60.000 personas intentaron llegar hasta los Tribunales en una marcha desde el Congreso. Aunque la policía impidió el paso, las manifestaciones se replicaron durante todo el juicio, reflejadas también en la cobertura diaria de los medios. La transmisión televisiva era limitada a tres minutos diarios, sin sonido, por Argentina Televisora Color (ATC), seleccionados por la Secretaría de Cultura. La lectura de la sentencia fue el único momento transmitido con imagen y audio completos, evidenciando la tensión y la cautela del momento.
Organismos de derechos humanos como Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre (LADH), el Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos (MEDH) y el Servicio de Paz y Justicia (Serpaj) emitieron comunicados conjuntos, reafirmando que su búsqueda no era la venganza, sino la justicia y la advertencia para que el pasado no se repitiera. La presencia de figuras como Hebe de Bonafini y Adolfo Pérez Esquivel en la sala de audiencias simbolizaba la lucha incansable de la sociedad por la verdad.
Las Sentencias y su Impacto: Un Nunca Más Resonante
El 9 de diciembre de 1985, el tribunal dictó sentencia en un momento de máxima expectativa nacional e internacional. Cinco de los ex comandantes fueron condenados a penas que oscilaron entre la prisión perpetua y los cuatro años y medio de cárcel. Los otros cuatro imputados fueron absueltos. Además de las penas de prisión, los jueces dispusieron la inhabilitación de los sentenciados para ejercer funciones públicas y la pérdida de sus rangos dentro de las Fuerzas Armadas. El fallo, leído por León Arslanián, presidente de la Cámara Federal, fue transmitido por Cadena Nacional y confirmado en 1986 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Las palabras del fiscal Strassera en su alegato final, “Señores jueces: Nunca Más”, se convirtieron en el epílogo de un proceso que desnudó las profundidades del horror y la miseria humana. Estas palabras, que resonaron en todo el país, simbolizan el repudio al terrorismo de Estado y la firme voluntad de la sociedad argentina de no permitir que tales atrocidades vuelvan a ocurrir. El juicio marcó un precedente histórico, distinguiendo a Argentina del resto de los países latinoamericanos en relación al juzgamiento de crímenes de lesa humanidad.
Críticas y Debate Posterior
A pesar de su trascendencia, el Juicio a las Juntas no estuvo exento de críticas. Las protestas más fuertes se centraron en las absoluciones y en las penas que algunos consideraron leves para la magnitud de los crímenes. Víctimas y organismos de derechos humanos cuestionaron la persistente defensa de la “teoría de los dos demonios” por parte de algunos sectores, que buscaba equiparar la violencia estatal con la de las organizaciones armadas. Otra crítica significativa fue que los imputados no fueran juzgados por el robo sistemático de bebés, un crimen aberrante que recién sería abordado en juicios posteriores.
Un punto de debate particular surgió con la interpretación del punto 30 de la sentencia, el cual disponía que se pusiera en conocimiento del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas el contenido de la sentencia para el enjuiciamiento de los Oficiales Superiores que ocuparon comandos de zona y subzona de Defensa, y de todos aquellos que tuvieron responsabilidad operativa. Los defensores de este punto argumentaban que abría la posibilidad de juzgar a todos los responsables de violaciones a los derechos humanos, ofreciendo una vía para evitar la política del gobierno de limitar los juicios a los máximos responsables.
Perfiles de los Acusados y sus Fallos
A continuación, se detallan los perfiles de los nueve ex comandantes acusados y los fallos emitidos en el histórico Juicio a las Juntas:
Jorge Rafael Videla
Jefe del Ejército desde 1975, lideró el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976. Asumió la presidencia de facto hasta 1981, al frente del autodenominado “Proceso de Reorganización Nacional”.
- Condena: Reclusión perpetua, inhabilitación absoluta perpetua y destitución de su grado militar.
- Culpable de: 16 casos de homicidio agravado por alevosía, 50 casos de homicidio agravado por alevosía y por el concurso de varias personas, 306 casos de privación de la libertad agravada por amenazas y violencias, 93 casos de tormentos, 4 casos de tormentos seguidos de muerte y 26 casos de robo.
Emilio Eduardo Massera
Comandante en Jefe de la Armada desde 1973, participó del golpe de 1976. Integró la primera Junta Militar y se apartó en 1978. Durante su gestión, la ESMA operó como centro clandestino de detención.
- Condena: Reclusión perpetua, inhabilitación absoluta perpetua y destitución de su rango militar.
- Culpable de: 3 casos de homicidio agravado por alevosía, 69 casos de privación ilegal de la libertad calificada por violencia y amenazas, 12 casos de tormentos reiterados y 7 casos de robo.
Orlando Ramón Agosti
En 1975, fue designado comandante general de la Fuerza Aérea Argentina. Integró el golpe de 1976 y se retiró en 1979.
- Condena: Cuatro años y seis meses de prisión y destitución de su rango militar.
- Culpable de: 8 casos de tormentos y 3 casos de robo.
Roberto Eduardo Viola
Jefe del Estado Mayor desde 1975, participó del golpe de 1976. Asumió como Comandante en Jefe del Ejército en 1978 y sucedió a Videla en la presidencia de facto en 1981, siendo destituido ese mismo año.
- Condena: 17 años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua y destitución de su grado militar.
- Culpable de: 11 casos de tormentos, 86 casos de privaciones ilegales de libertad y 3 casos de robo.
Armando Lambruschini
Jefe del Estado Mayor de la Armada en 1975. Tras el retiro de Massera en 1978, fue designado comandante de la Armada Argentina y formó parte de la segunda Junta Militar (1978-1981).
- Condena: 8 años de prisión, inhabilitación absoluta perpetua y destitución de su rango militar.
- Culpable de: 35 casos de privaciones ilegales de libertad y 10 casos de tormentos.
Omar Rubens Graffigna
Designado comandante de la Fuerza Aérea Argentina en 1979, integró la segunda Junta Militar. Se retiró en 1981.
- Fallo: Absuelto de los cargos de homicidio calificado, privación ilegítima de la libertad, tormentos, reducción a servidumbre, encubrimiento, usurpación y falsedad ideológica.
Leopoldo Fortunato Galtieri
Asumió como Comandante en Jefe del Ejército en diciembre de 1979. En 1981, fue designado presidente de facto al frente de la tercera Junta Militar. Renunció tras la derrota en la Guerra de Malvinas.
- Fallo: Absuelto de culpa y cargo. No se pudo demostrar que su personal siguiera cometiendo los delitos del sistema ilegal de represión ya implementado cuando asumió el poder.
Jorge Isaac Anaya
En 1980, asumió como jefe del Estado Mayor. En 1981, fue designado comandante de la Armada Argentina e integró la tercera Junta Militar. Se retiró en 1982.
- Fallo: Absuelto de los delitos de privación ilegítima de la libertad, tormentos, reducción a servidumbre, encubrimiento, usurpación y falsedad ideológica. No se pudo demostrar que el personal a su cargo continuara cometiendo los delitos del sistema ilegal de represión implementado cuando asumieron el poder.
Basilio Arturo Ignacio Lami Dozo
En 1981, fue designado Comandante de la Fuerza Aérea Argentina y formó parte de la tercera Junta Militar. Se retiró en 1982, tras la derrota en la Guerra de Malvinas.
- Fallo: Absuelto de culpa y cargo de los delitos por los que había sido acusado.
Tabla Comparativa de los Acusados y sus Sentencias
| Acusado | Rol Principal | Sentencia en el Juicio a las Juntas | Detalle de Culpabilidad (Ejemplos) |
|---|---|---|---|
| Jorge Rafael Videla | Presidente de facto (1976-1981), Jefe del Ejército | Reclusión perpetua | Homicidio, privación ilegal de libertad, tormentos, robo. |
| Emilio Eduardo Massera | Comandante en Jefe de la Armada (1973-1978) | Reclusión perpetua | Homicidio, privación ilegal de libertad, tormentos, robo. |
| Orlando Ramón Agosti | Comandante Gral. Fuerza Aérea (1975-1979) | 4 años y 6 meses de prisión | Tormentos, robo. |
| Roberto Eduardo Viola | Presidente de facto (1981), Jefe Estado Mayor Ejército | 17 años de prisión | Tormentos, privación ilegal de libertad, robo. |
| Armando Lambruschini | Comandante Armada (1978-1981) | 8 años de prisión | Privación ilegal de libertad, tormentos. |
| Omar Rubens Graffigna | Comandante Fuerza Aérea (1979-1981) | Absuelto | - |
| Leopoldo Fortunato Galtieri | Presidente de facto (1981-1982), Comandante Jefe Ejército | Absuelto | - |
| Jorge Isaac Anaya | Comandante Armada (1981-1982) | Absuelto | - |
| Basilio Arturo Ignacio Lami Dozo | Comandante Fuerza Aérea (1981-1982) | Absuelto | - |
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Quién acusó a la cúpula detrás de la dictadura cívico-militar en el Juicio a las Juntas?
La acusación principal en el Juicio a las Juntas fue impulsada por la fiscalía, representada por los fiscales Julio César Strassera y Luis Moreno Ocampo. Su labor se basó en las denuncias y testimonios recopilados por la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas (CONADEP) en su informe Nunca Más, que sirvió como prueba fundamental ante la ausencia de archivos militares oficiales.
¿Qué fue la CONADEP y cuál fue su rol en el juicio?
La CONADEP (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas) fue un órgano creado por el presidente Raúl Alfonsín con el objetivo de investigar la desaparición forzada de personas durante la dictadura. Su informe final, “Nunca Más”, documentó miles de casos de violaciones a los derechos humanos y se convirtió en la principal base probatoria para la fiscalía en el Juicio a las Juntas, demostrando el carácter sistemático de la represión.
¿Cuáles fueron los principales delitos por los que se juzgó a los miembros de las Juntas?
Los miembros de las Juntas Militares fueron acusados principalmente de privación ilegal de la libertad, aplicación de tormentos, robo y homicidio. Es relevante destacar que el delito de desaparición forzada de personas no estaba tipificado en el Código Penal argentino en aquel momento, aunque los hechos investigados correspondían a esta práctica.
¿Por qué el Juicio a las Juntas fue considerado un hito histórico a nivel mundial?
Fue un hito histórico porque, por primera vez en la historia de Argentina y con escasos antecedentes en el mundo, un tribunal civil juzgó a los máximos responsables de una dictadura militar por crímenes de lesa humanidad. Este hecho sentó un precedente fundamental en la lucha global contra la impunidad y en la afirmación de la justicia civil sobre el poder militar.
¿Qué significa la frase “Nunca Más” en el contexto del Juicio a las Juntas?
La frase “Nunca Más” fue pronunciada por el fiscal Julio César Strassera al cerrar su alegato final y se convirtió en el lema del informe de la CONADEP. Simboliza un rotundo rechazo al terrorismo de Estado y a las violaciones a los derechos humanos, expresando el deseo y el compromiso de la sociedad argentina de no permitir que tales atrocidades vuelvan a ocurrir. Es un símbolo de memoria, verdad y justicia.
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