09/01/2022
En el vasto universo del derecho, existen ramas fundamentales que, aunque a menudo pasan desapercibidas para el ciudadano común, son pilares esenciales para la seguridad jurídica y el correcto funcionamiento de la sociedad. Una de estas es el Derecho Notarial, una disciplina que garantiza la autenticidad y legalidad de innumerables actos y contratos que realizamos a diario. Este artículo se adentrará en sus profundidades, explorando su relevancia, sus principios, la vital función del notario público y cómo esta rama del derecho se desenvuelve en el contexto peruano y comparado.

- ¿Qué es el Derecho Notarial? Una Mirada Profunda
- La Figura del Notario Público: Garantía de Fe Pública
- Evolución Histórica del Derecho Notarial
- Sistemas Notariales: Una Comparativa Global
- Fuentes y Características del Derecho Notarial
- La Calificación Notarial: Un Filtro de Legalidad
- Relaciones del Derecho Notarial con Otras Ramas
- Procesos No Contenciosos Tramitados por Notario
- Instrumentos Notariales: Protocolares y Extraprotocolares
- La Importancia de los Notarialistas y el Futuro del Derecho Notarial
¿Qué es el Derecho Notarial? Una Mirada Profunda
El Derecho Notarial es una rama del derecho público que, a pesar de su crucial importancia, a menudo ha sido descuidada en el ámbito jurídico, especialmente en el derecho peruano. Sin embargo, su relevancia es innegable, impactando directamente en áreas como el derecho civil y el derecho registral. Se trata de una disciplina jurídica autónoma, con principios propios, catedras universitarias, publicaciones especializadas y jurisprudencia que la sustentan.
Diversos autores han ofrecido definiciones que enriquecen nuestra comprensión. Para Mengual y Mengual, es la rama científica del Derecho Público que, constituyendo un todo orgánico, sanciona de forma fehaciente las relaciones jurídicas voluntarias y extrajudiciales, mediante la intervención de un funcionario que obra por delegación del poder público. El Tercer Congreso Internacional de Derecho Notarial lo definió como el conjunto de disposiciones legislativas, reglamentarias, usos, decisiones jurisprudenciales y doctrinas que rigen la función notarial y el instrumento público notarial. Nuñez Lagos, por su parte, enfatiza que el documento es el objeto esencial, principal y final del Derecho Notarial.
La Figura del Notario Público: Garantía de Fe Pública
El notario es un profesional del derecho, un oficial público cuya principal función es la de conferir fe pública a los actos y contratos que ante él se celebran. Esta función es vital para la agilidad y seguridad del mercado, ya que su presencia otorga autenticidad y veracidad a los documentos, los cuales son considerados auténticos y con fuerza probatoria, salvo prueba en contrario.
En el sistema notarial latino, al cual pertenece Perú, el notario ejerce una doble función: dar fe y dar forma. Es decir, no solo certifica la veracidad de los hechos, sino que también dota de la forma jurídica adecuada a los instrumentos. A diferencia de otros sistemas, como el anglosajón, donde el notario se limita a certificar firmas y tiene una preparación más reducida, en el notariado latino es indispensable ser abogado y su nombramiento es permanente, con un protocolo notarial que custodia los documentos originales.
Clases de Fe Pública
La fe pública no es uniforme; se adapta a la naturaleza del funcionario que la otorga. Podemos identificar varias clases:
- Fe Pública Notarial: La más amplia, brindada por los notarios sobre actos y contratos.
- Fe Pública Administrativa: Otorgada por fedatarios de instituciones públicas sobre expedientes administrativos.
- Fe Pública Registral: Concedida por los Registradores Públicos al expedir copias de archivos registrales, garantizando la publicidad.
- Fe Pública Judicial: Brindada por los especialistas judiciales (antiguos secretarios de juzgado) sobre copias certificadas y diligencias judiciales.
- Fe Pública Consular: Concedida por funcionarios de consulados peruanos en el extranjero para ciertos instrumentos, como testamentos.
- Fe Pública del Derecho Eclesiástico: La que brindan los funcionarios de la Iglesia Católica para expedir copias de partidas de matrimonio religioso.
- Fe Pública de Agentes de Cambio y Bolsa: Intervención y certificación en negociaciones de valores cotizables.
- Fe Pública Militar y Marítima: Relacionada con el otorgamiento de testamentos en circunstancias especiales.
Evolución Histórica del Derecho Notarial
La historia del Derecho Notarial se remonta a la antigüedad. En Egipto, ya existían personas encargadas de redactar contratos, y en la cultura hebrea, el "escriba" autenticaba actos y redactaba documentos. Los griegos tuvieron a los "Mnemons" con funciones similares. En el derecho romano, aunque la intervención era facultativa, de allí deriva el nombre "notario".
La Edad Media fue un período clave, con figuras como Rolandino Passagiero, conocido como el "príncipe de los notarios". En España, Las Leyes del Fuero Real, el Código de las Siete Partidas y la Novísima Recopilación ya mencionaban al notario.

En la época moderna, el Derecho Notarial experimentó una gran evolución, con leyes fundamentales como la francesa de 1802 y la española de 1862. En Perú, aunque algunos autores sugieren la existencia de figuras notariales en el período preincaico, la legislación española se aplicó durante la colonia. La Ley 1510 de 1911 introdujo formalmente la denominación "notario" en el ordenamiento jurídico peruano, sustituyendo a los antiguos "Escribanos Públicos". La actual Ley del Notariado (Decreto Legislativo 1049 de 2008) ha continuado esta evolución, eliminando, por ejemplo, la necesidad de testigos para los instrumentos públicos notariales, lo que refuerza la fe pública notarial.
Sistemas Notariales: Una Comparativa Global
Existen tres sistemas notariales principales a nivel mundial, cada uno con características distintivas en cuanto a la función y rol del notario:
| Característica | Sistema Administrativo | Sistema Anglosajón | Sistema Latino |
|---|---|---|---|
| Formación del Notario | Jurídica, empleado público | No necesariamente jurídica, variable | Abogado, profesional liberal |
| Dependencia | Sometido a política socialista | Independiente, nombramiento temporal | Independiente, nombramiento permanente |
| Protocolo Notarial | No existe o es mínimo | No existe | Sí existe (colección ordenada de registros) |
| Eficacia del Documento | Sin ventajas sobre documento privado | Menor que en sistema latino (solo certifica firmas) | Presunción de validez, autenticidad, legalidad, fuerza probatoria y ejecutoriedad |
| Funciones Adicionales | Ejerce otras funciones | Limitado a certificar firmas | Doble función: dar fe y dar forma; tramita procesos no contenciosos |
| Ejemplo de País | Países con economías centralizadas | Estados Unidos, Reino Unido | Perú, Argentina, España, Francia, Italia |
El sistema peruano se enmarca dentro del notariado latino, considerado un "notariado perfecto" por la amplitud y solidez de sus funciones y la seguridad jurídica que otorga.
Fuentes y Características del Derecho Notarial
Las fuentes del Derecho Notarial son variadas y se asemejan a las del derecho civil, incluyendo la ley, la jurisprudencia, la costumbre, la doctrina, los principios generales del derecho y los principios específicos del derecho notarial. Las características principales que le atribuye la doctrina son ser un derecho adjetivo (procesal), público (ubicado en el derecho público) y autónomo, al poseer sus propias normas, doctrina y principios.
La autonomía del notario público es un pilar fundamental. Esto significa que no están sujetos a mandatos imperativos de ninguna autoridad, salvo las disposiciones legales, respetando siempre la jerarquía normativa. Esta autonomía es crucial, especialmente cuando se trata de la calificación notarial de documentos judiciales, un tema que genera debate en la práctica jurídica.
La Calificación Notarial: Un Filtro de Legalidad
Uno de los temas más relevantes y a menudo incomprendidos del Derecho Notarial es la calificación notarial. Consiste en el control de legalidad que los notarios públicos realizan con autonomía e independencia sobre los documentos que se les presentan. Este proceso puede tener dos resultados: calificación notarial positiva o calificación notarial negativa.
Si la calificación es positiva, el notario procede con el documento o trámite; si es negativa, no debe hacerlo. Por ejemplo, un notario debe verificar si el vendedor es realmente el propietario antes de elevar una minuta a escritura pública. Esta función es un filtro esencial para evitar problemas futuros, como fraudes o procesos judiciales por estafa o contra la fe pública. Si los notarios no calificaran, la seguridad jurídica se vería gravemente comprometida, aumentando la carga procesal de los juzgados.
Calificación Notarial de Documentos Judiciales
Existe una discusión importante sobre si los notarios deben calificar los documentos judiciales, incluso aquellos provenientes de la Corte Suprema. Aunque para algunos magistrados sus órdenes son incuestionables, la doctrina notarial sostiene que los notarios, como guardianes de la fe pública notarial, deben realizar una calificación de procedibilidad. Esto implica verificar que la orden judicial cumpla con los requisitos legales y notariales pertinentes, como la firmeza de una sentencia o la competencia del juez para un acto específico. Esta calificación no es un examen de fundabilidad o admisibilidad del caso, sino de la procedencia notarial del documento. No todo mandato judicial debe ser obedecido ciegamente si contraviene principios o requisitos notariales, garantizando así la coherencia y legalidad en el tráfico jurídico.

Relaciones del Derecho Notarial con Otras Ramas
El Derecho Notarial no es una isla; mantiene estrechas relaciones con otras ramas del derecho, lo que subraya su carácter transversal:
- Derecho Registral: Aunque son autónomos, ambos se complementan. La calificación notarial influye en la calificación registral, facilitando la inscripción de documentos. Los notarios deben conocer las partidas registrales no solo de registros de la SUNARP, antes de intervenir en instrumentos inscribibles.
- Derecho Civil: Es fundamental que el notario domine el Código Civil, ya que sus disposiciones rigen la validez de los actos y contratos que autoriza. Desde el libro de personas (constitución de asociaciones por escritura pública) hasta el de sucesiones (testamentos), derechos reales (hipotecas) y contratos (compraventas), el notario aplica constantemente el derecho civil.
- Derecho Procesal: La relación es obvia, especialmente en los procesos no contenciosos. Los notarios tramitan asuntos que antes eran exclusivamente judiciales, como sucesiones intestadas o prescripciones adquisitivas, lo que alivia la carga del Poder Judicial.
Procesos No Contenciosos Tramitados por Notario
Una de las evoluciones más significativas del Derecho Notarial en Perú ha sido la atribución de competencia a los notarios públicos para tramitar diversos procesos no contenciosos, lo que ha contribuido a la desjudicialización de ciertos trámites y a la agilización de la justicia. Entre los más comunes se encuentran:
- Rectificación de partidas.
- Adopción de personas capaces.
- Patrimonio familiar.
- Inventarios.
- Comprobación de Testamentos.
- Sucesión Intestada (uno de los de mayor acogida).
- Prescripción Adquisitiva de Dominio.
- Títulos Supletorios.
- Rectificación de Áreas y Linderos.
- Deslinde.
Esta tendencia no es exclusiva de Perú; países como Alemania, Argentina, Colombia, El Salvador, España, Guatemala, Luxemburgo e Italia también han otorgado competencias no contenciosas a sus notarios, lo que demuestra la eficacia de este modelo.
Instrumentos Notariales: Protocolares y Extraprotocolares
La actividad notarial se materializa en diversos instrumentos, clasificados en protocolares y extraprotocolares:
Instrumentos Públicos Protocolares
Son aquellos que forman parte del protocolo notarial, una colección ordenada de registros custodiada por el notario. Incluyen:
- Escrituras Públicas: El instrumento por excelencia, donde se formalizan contratos y actos jurídicos de gran trascendencia.
- Testamentos: Actos de última voluntad.
- Actas de Protesto: Relacionadas con títulos valores.
- Actas de Transferencia de Bienes Muebles Registrables.
- Otros registros que la ley determine.
De estos instrumentos se expiden copias, como los partes notariales, testimonios y boletas, que también son considerados instrumentos públicos y tienen importantes efectos jurídicos.
Instrumentos Públicos Extraprotocolares
Son actas y certificaciones que el notario autoriza, dando fe de la realización de un acto, hecho o circunstancia, la identidad de personas u objetos, o la suscripción de documentos, confiriéndoles fecha cierta. Ejemplos incluyen:
- Actas de autorización para viaje o matrimonio de menores.
- Actas de destrucción de bienes.
- Actas de entrega.
- Actas de juntas, directorios, asambleas.
- Actas de licitaciones, concursos, remates.
- Actas de sorteos y entrega de premios.
- Certificaciones de firmas, copias, etc.
Estos instrumentos, aunque no forman parte del protocolo de origen, pueden ser incorporados a este a solicitud de parte interesada.
La Importancia de los Notarialistas y el Futuro del Derecho Notarial
Los abogados especialistas en Derecho Notarial, conocidos como notarialistas, son figuras clave para el desarrollo y la difusión de esta disciplina. Aunque escasos en Perú, su labor es fundamental para investigar y publicar sobre temas como la calificación notarial, la responsabilidad del notario (civil, penal y administrativa) y la evolución de la función notarial.
Es indispensable que se organicen más concursos para plazas notariales con jurados altamente preparados, que valoren la experiencia académica y las publicaciones, no solo el conocimiento de la legislación. La función notarial es delicada y amerita dedicación, por lo que la capacitación continua es vital para asegurar que los notarios sigan siendo "magistrados de la paz", garantizando la seguridad jurídica y la agilidad del tráfico comercial y civil.
El Derecho Notarial es una disciplina en constante evolución, que se adapta a las necesidades de la sociedad y a las tendencias del derecho global. Su estudio y difusión son cruciales para el progreso jurídico de cualquier nación.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
- ¿Qué diferencia hay entre el Derecho Notarial y la Legislación Notarial?
- El Derecho Notarial es un concepto más amplio que abarca todas sus fuentes (ley, jurisprudencia, doctrina, principios, etc.), mientras que la legislación notarial es solo una parte de él, refiriéndose al conjunto de normas positivas que lo regulan.
- ¿Por qué el notariado latino es considerado "perfecto"?
- Se le considera "perfecto" porque el notario tiene una doble función (dar fe y dar forma), debe ser abogado, y sus documentos gozan de una fuerte presunción de validez y autenticidad, proporcionando una gran seguridad jurídica a los actos que autoriza.
- ¿Qué significa el principio de matricidad protocolar?
- Este principio establece que el documento original (matriz) es custodiado por el notario público en el protocolo notarial, quien es el único autorizado para expedir copias (partes, testimonios, boletas) que también tienen el carácter de instrumentos públicos.
- ¿Puede un notario negarse a cumplir una orden judicial?
- Sí, el notario, en virtud de su autonomía y la obligación de realizar una calificación notarial, puede negarse a cumplir una orden judicial si esta no cumple con los requisitos de legalidad o procedibilidad notarial. No se trata de desobediencia, sino de un control de legalidad necesario para la seguridad jurídica.
- ¿Qué tipo de responsabilidades puede tener un notario?
- Un notario puede incurrir en responsabilidad civil (pago de indemnizaciones), penal (sanciones conforme al Código Penal) y administrativa (sanciones impuestas por el colegio de notarios o el consejo del notariado).
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