Libros Esenciales: Martilleros y Corredores Públicos

28/07/2025

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En el dinámico y crucial ámbito de las transacciones comerciales, la figura del martillero y del corredor público desempeña un rol fundamental, actuando como garantes de la transparencia y la legalidad en subastas y operaciones de intermediación. Para cumplir con esta responsabilidad y asegurar la protección de todas las partes involucradas, la ley impone a estos profesionales la obligación de llevar una serie de libros contables y registrales específicos. Estos documentos no son meros formalismos; son el pilar que sostiene la integridad de cada operación, reflejando de manera detallada y metódica cada paso, desde la recepción de un bien hasta su venta final, o la intermediación en un contrato. Sumérgete en el universo de estos registros esenciales y comprende por qué su correcta observancia es un requisito indispensable para el ejercicio profesional.

¿Qué libros llevan los martilleros públicos?
Cabe destacar que en la práctica el único libro que se utiliza es el Libro Registro, puesto que es el que se debe rubricar ; el exigido de exhibir en juicio a instancia de parte interesada, y aun por orden de los Jueces y Tribunales de Comercio. Los martilleros públicos están obligados por ley a llevar los siguientes libros: DIARIO DE ENTRADAS
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La Obligación de la Transparencia: Libros de Corredores Públicos

Los corredores públicos, aquellos profesionales dedicados a la intermediación en operaciones de comercio, compraventa de bienes o servicios, están sujetos a un estricto régimen legal que les exige mantener registros precisos de su actividad. Esta normativa busca garantizar la transparencia, la seguridad jurídica y la correcta rendición de cuentas de todas las transacciones en las que intervienen. La base de esta obligación radica en la necesidad de documentar cada detalle, permitiendo que tanto las partes como las autoridades puedan verificar la legalidad y las condiciones de cada negocio.

El Libro Manual y el Libro Registro: Pilares de la Intermediación

De acuerdo con la legislación vigente, los corredores públicos están obligados a llevar dos libros fundamentales:

  • Libro Manual: Aunque la información proporcionada no detalla su contenido específico, su existencia sugiere una función de registro preparatorio o auxiliar a las operaciones que luego se consolidarán.
  • Libro Registro: Este es el libro central y de mayor relevancia. Es el documento donde se asientan de forma metódica y exacta todas las operaciones en las que el corredor interviene, inmediatamente después de que estas concluyen. Su importancia es tal que, en la práctica, es el único que se exige rubricar y exhibir en juicio a instancia de parte interesada o por orden judicial.

Formalidades Ineludibles para los Corredores

La validez y fiabilidad de estos libros dependen de estrictas formalidades que deben ser observadas por el corredor público:

  • Libros Encuadernados y Foliados: Ambos libros deben presentarse en un formato físico, con sus hojas numeradas correlativamente y unidas de forma permanente (encuadernadas). Esto previene la sustracción o adición fraudulenta de páginas, garantizando la continuidad y completitud del registro.
  • Rubricados: La ley exige que el Libro Registro, específicamente, sea rubricado. La rubricación es un acto formal realizado por una autoridad competente (generalmente judicial o del colegio profesional) que sella y valida cada hoja del libro, certificando su autenticidad y el número de folios, lo que lo convierte en un documento público y fehaciente.

Prohibiciones Estrictas: Garantía de Integridad

Para preservar la autenticidad e integridad de los registros, la ley impone una serie de prohibiciones absolutas en la forma de llevar estos libros:

  • Alterar el Orden Progresivo: Se prohíbe modificar la secuencia cronológica de las fechas y operaciones. Cada asiento debe seguir al anterior de forma continua, reflejando el momento exacto en que se realiza la operación.
  • Dejar Blancos o Huecos: No se pueden dejar espacios en blanco que permitan la inserción posterior de información. Cada línea y cada página deben ser utilizadas de forma continua, sin interrupciones que pudiesen dar lugar a manipulaciones.
  • Hacer Interlineaciones, Raspaduras o Enmiendas: Cualquier intento de corregir o modificar un asiento directamente sobre el texto está estrictamente prohibido. La corrección de errores u omisiones debe realizarse mediante un nuevo registro, aclarando la situación en la fecha en que se advierte el error, manteniendo así el registro original intacto.
  • Tachar Registro Alguno: La anulación de un asiento mediante tachaduras no está permitida. Como se mencionó, cualquier rectificación debe hacerse con un nuevo asiento.
  • Mutilar, Arrancar Hojas o Alterar Encuadernación y Foliación: Estas acciones son consideradas graves violaciones, ya que comprometen la estructura física y la secuencia lógica del libro, impidiendo la verificación de su contenido y su autenticidad.

El Contenido Esencial de los Registros del Corredor

El Libro Registro debe contener una descripción exhaustiva y meticulosa de cada operación, asegurando que toda la información relevante quede documentada. Esto incluye:

  • Datos de los Contratantes: Nombre completo y apellido, junto con el domicilio de todas las partes que intervienen en la operación.
  • Objeto de la Operación:
    • Para bienes inmuebles: Ubicación exacta y completa.
    • Para bienes muebles: Especificación detallada, cantidad, calidad y precios acordados.
  • Monto de la Operación: El valor total o parcial de la transacción.
  • Condiciones de Pago: Plazos, formas de pago y cualquier otra condición financiera relevante.
  • Circunstancias Ocurrentes: Cualquier otra situación o detalle que pueda contribuir al mayor esclarecimiento del negocio, garantizando la completitud del registro.

Los Registros Fundamentales del Martillero Público: Transparencia en Cada Subasta

De manera similar a los corredores, los martilleros públicos, encargados de realizar ventas en subasta pública, también están sujetos a rigurosas obligaciones de registro. Sus libros son esenciales para documentar el flujo de bienes que entran a su gestión, las ventas realizadas y la gestión financiera con sus comitentes.

Diario de Entradas: El Primer Paso del Proceso

Este libro es el punto de partida en la gestión de un martillero. En él se registran todos los bienes que son recibidos para ser rematados, con la siguiente información:

  • Especificación Necesaria: Detalles suficientes para la correcta identificación de los bienes (marca, modelo, número de serie, características, etc.).
  • Datos del Comitente: Nombre y apellido de la persona o entidad que confiere el encargo de la venta.
  • Por Cuenta de Quién: Indicación clara de quién es el propietario o por cuenta de quién se realizará la venta.
  • Condiciones de Enajenación: Cualquier instrucción o condición específica bajo la cual los bienes deben ser vendidos (precio base, condiciones de entrega, etc.).

Diario de Salidas: El Registro de la Venta Consumada

Este libro documenta las ventas efectivamente realizadas. Se registran día por día, y su contenido es crucial para la rendición de cuentas y la transparencia de la subasta:

  • Cuenta de Quién se Efectuó la Venta: Reafirmación del comitente o propietario del bien.
  • Datos del Comprador: Nombre y apellido o razón social de la persona o entidad que ha adquirido el bien en la subasta.
  • Precio: El precio final de venta del bien.
  • Condiciones de Pago: Los términos y plazos acordados para el pago por parte del comprador.
  • Demas Especificaciones: Cualquier otra información que el martillero considere necesaria para el completo esclarecimiento de la operación.

Cuentas de Gestión: La Relación Financiera con el Comitente

Este libro es esencialmente un registro de cuentas corrientes entre el martillero y cada uno de sus comitentes. En él se asientan todas las operaciones financieras relacionadas con la gestión de los bienes, incluyendo los montos recibidos, los gastos incurridos, las comisiones y las liquidaciones finales. Permite un control preciso de la relación económica con cada cliente y asegura la transparencia en la rendición de cuentas.

¿Qué libros llevan los martilleros públicos?
Cabe destacar que en la práctica el único libro que se utiliza es el Libro Registro, puesto que es el que se debe rubricar ; el exigido de exhibir en juicio a instancia de parte interesada, y aun por orden de los Jueces y Tribunales de Comercio. Los martilleros públicos están obligados por ley a llevar los siguientes libros: DIARIO DE ENTRADAS

Formalidades y Prohibiciones para Martilleros: Un Estándar de Rigor

Las formalidades y prohibiciones para los libros de los martilleros son idénticas a las exigidas para los corredores públicos. Esto incluye que los libros deben estar encuadernados y foliados, y el Diario de Salidas (equivalente al Libro Registro en su función principal de asentar operaciones clave) debe ser rubricado. Las prohibiciones de alterar el orden, dejar blancos, hacer interlineaciones o tachar registros también aplican estrictamente, reafirmando el compromiso con la precisión y la inalterabilidad de los documentos.

Más Allá de lo Específico: Libros Exigidos por Disposiciones Impositivas (AFIP)

Además de los libros específicos de cada profesión, tanto martilleros como corredores públicos, al igual que cualquier otro contribuyente, deben cumplir con las exigencias de los organismos fiscales, como la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.). La A.F.I.P. exige llevar un Registro de Comprobantes emitidos y recibidos, comúnmente conocidos como “IVA VENTAS” e “IVA COMPRAS”, incluso para aquellos que no están inscriptos en el IVA.

Es importante destacar una particularidad: si la información requerida por la A.F.I.P. (especialmente la relacionada con las ventas) ya se encuentra detallada de forma completa y exhaustiva en el Libro Registro del corredor o en el Diario de Salidas del martillero, el uso de un libro “IVA VENTAS” separado podría no ser obligatorio, evitando así la duplicidad de registros. Esto subraya la importancia de que los libros profesionales estén llevados con el máximo rigor y detalle.

¿Qué debe verificar un martillero antes de una subasta?
Además de verificar la procedencia de los bienes, el martillero debe comprobar qué deudas están afectando al bien, por impuestos tasas y contribuciones, independientemente de los embargos o inhibiciones que puedan existir por otra clase de deudas. También debe el martillero importados, o de bienes que pudieren tener algún condicionamiento jurídico o material.

Antes del Martillo: La Diligencia Indispensable del Martillero

La responsabilidad del martillero público no se limita únicamente a la correcta ejecución de la subasta y el mantenimiento de los libros. Antes de cualquier remate, es imperativo que el martillero realice una exhaustiva verificación de los bienes que serán subastados. Esta debida diligencia es crucial para proteger a los futuros compradores y al propio martillero de posibles contingencias legales. Los aspectos a verificar incluyen:

  • Procedencia de los Bienes: Asegurarse de que el comitente tiene la legítima propiedad o la autoridad para disponer de los bienes.
  • Deudas Afectando al Bien: Investigar y conocer cualquier deuda que pueda pesar sobre el bien, como impuestos (municipales, provinciales, nacionales), tasas y contribuciones. Estas deudas pueden transferirse con el bien o afectar su valor.
  • Embargos o Inhibiciones: Comprobar la existencia de embargos, inhibiciones u otras restricciones judiciales que impidan o limiten la venta del bien. Esto es vital para evitar problemas legales posteriores.
  • Condicionamientos Jurídicos o Materiales: Verificar si los bienes importados cumplen con las normativas aduaneras y de importación, o si existen otros condicionamientos jurídicos (servidumbres, usufructos, hipotecas) o materiales (vicios ocultos, daños estructurales) que deban ser informados a los potenciales compradores.

El cumplimiento de estas verificaciones previas es una manifestación de la ética profesional y la diligencia que todo martillero debe observar, garantizando la transparencia y la seguridad en cada subasta.

Tabla Comparativa: Libros Obligatorios por Profesión

ProfesiónLibros Obligatorios EspecíficosPropósito PrincipalFormalidad Clave
Corredor PúblicoLibro Manual, Libro RegistroDocumentar operaciones de intermediación, garantizando la trazabilidad y legalidad de cada negocio.Libro Registro debe ser rubricado.
Martillero PúblicoDiario de Entradas, Diario de Salidas, Cuentas de GestiónRegistrar la entrada de bienes, las ventas realizadas y la gestión financiera con los comitentes.Diario de Salidas debe ser rubricado.

Preguntas Frecuentes sobre los Libros Profesionales

¿Por qué son tan importantes estos libros para martilleros y corredores?
Estos libros son la columna vertebral de la transparencia y la legalidad en estas profesiones. Sirven como prueba documental de todas las operaciones, protegiendo tanto a los profesionales como a las partes involucradas. Permiten la fiscalización por parte de las autoridades y son un elemento clave en caso de disputas legales, ya que reflejan de manera fidedigna el desarrollo de cada transacción.
¿Qué consecuencias puede enfrentar un profesional si no lleva estos libros correctamente?
Las consecuencias pueden ser severas. Incluyen desde multas y sanciones económicas, hasta la suspensión temporal o definitiva de la matrícula profesional. En casos de fraude o manipulación, pueden enfrentar responsabilidades penales. Además, la falta de registros adecuados puede llevar a la pérdida de confianza de los clientes y dañar irreparablemente la reputación del profesional.
¿Se permite llevar estos registros de forma digital?
Según la información proporcionada, la ley exige que los libros sean “encuadernados y foliados” y “rubricados”, lo que tradicionalmente implica un formato físico. Si bien en algunas jurisdicciones o profesiones se están implementando sistemas de registro digital con validez legal, basados en la descripción, la obligación primaria se refiere a libros físicos que garantizan su inalterabilidad mediante sellos y firmas de autoridades competentes. Cualquier alternativa digital requeriría una habilitación legal específica.
¿Quién supervisa el cumplimiento de estas obligaciones?
La supervisión recae principalmente en los Colegios Profesionales a los que pertenecen martilleros y corredores, así como en los Juzgados y Tribunales de Comercio. Estos organismos tienen la facultad de solicitar la exhibición de los libros y verificar su correcta llevanza, asegurando que se cumplan todas las formalidades y prohibiciones establecidas por la ley.
¿Puede el público o las partes interesadas acceder a estos libros?
Sí, las partes directamente interesadas en una operación específica tienen el derecho de solicitar la exhibición de los registros pertinentes a su caso. Además, los jueces y tribunales de comercio pueden ordenar la exhibición de estos libros en el marco de un proceso judicial, garantizando el acceso a la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos.

La rigurosidad en la llevanza de los libros obligatorios para martilleros y corredores públicos es mucho más que una carga administrativa; es un pilar fundamental de la ética profesional y la seguridad jurídica. Estos registros son la memoria escrita de cada transacción, un testimonio inalterable que garantiza la transparencia y la confiabilidad en el ejercicio de estas importantes profesiones. Comprender su propósito y su correcta aplicación es esencial para cualquier profesional del sector, así como para quienes interactúan con ellos en el complejo mundo de las transacciones comerciales.

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